Convocatoria

A continuación se detallan las características más importantes de la Convocatoria de ayudas para el fomento de la cultura científica, tecnológica y de la innovación, que se desarrollan en este documento.

Programa
Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023
Estado de la Convocatoria
Publicada en el BOE la Convocatoria de ayudas 2023.
Plazos de presentación
Desde el 1 de septiembre de 2023 a las 00:00 horas (hora penínsular española) al 10 de octubre de 2023 a las 13:00 horas (hora peninsular española).
Periodo de ejecución  Dentro del periodo máximo de ejecución establecido para cada una de las categorías, debiendo estar este comprendido entre el 1 de julio de 2024 y el 30 de junio de 2026 e iniciarse a lo largo de 2024 (sin posibilidad de prórroga).
Descripción general Procedimiento de concesión, con sujeción a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, eficiencia y eficacia en su gestión y no discriminación, de conformidad con lo dispuesto por la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de ayudas al fomento de la cultura científica, tecnológica y de la innovación, que se desarrollen a través de las siguientes categorías de proyectos:

a. Proyectos de comunicación social de la ciencia y la tecnología.
b. Programa anual de actividades UCC+I.
c. Ferias de la ciencia.
d. Proyectos singulares:
    1. Ciencia ciudadana
    2. Arte, Ciencia, Tecnología y Sociedad
    3. Investigación y práctica en la comunicación científica.
 
Objetivos específicos
  • Incrementar la cultura científica, tecnológica e innovadora de la sociedad española.
  • Incrementar la difusión de los resultados de investigación científico-técnica y de la innovación financiados con fondos públicos.
  • Acercar a la sociedad temas de relevancia e impacto social a través de la ciencia y la tecnología.
  • Mejorar la educación científico–técnica de la sociedad en todos los niveles.
  • Impulsar la participación activa de la sociedad en actividades de divulgación científica y en la generación de conocimiento a través de proyectos de ciencia ciudadana que involucren a los ciudadanos en la generación de dicho conocimiento.
  • Colaborar en la profesionalización de la divulgación científica y apoyar a través del trabajo en red el establecimiento de sinergias y aprovechamiento de recursos de los agentes del Sistema de divulgación de la I+D+i.
Presupuesto 5.000.000 €
 Beneficiarios Las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas, y tengan domicilio fiscal en España:
  • Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
  • Universidades públicas, sus Institutos universitarios, y las Universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
  • Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.
  • Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 279/2016, de 24 de junio, sobre acreditación de institutos de investigación biomédica o sanitaria, y normas complementarias.
  • Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el Registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales centros.
  • Centros públicos de I+D que en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social tengan a la I+D+i como actividad principal.
  • Centros públicos de I+D que realicen transferencia tecnológica o difusión y divulgación tecnológica y científica. Estas funciones deberán estar definidas en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social.
  • Centros privados de I+D que tengan definida en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social a la I+D+i como actividad principal.
  • Centros privados de I+D que realicen transferencia tecnológica o difusión y divulgación tecnológica y científica. Estas funciones deberán estar definidas en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social.
  • Cualesquiera otras personas jurídicas, públicas o privadas, mercantiles o sin ánimo de lucro, que realicen actividades de I+D+i, o generen conocimiento científico o tecnológico, o faciliten su aplicación y transferencia, o contribuyan a la educación, difusión y divulgación científicas. Estas funciones deberán estar definidas en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social.
Tipo de financiación Subvención
Régimen de la Convocatoria Concurrencia competitiva
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